La redacción es del Ingeniero Gustavo Barría Montiel.
El chileno promedio no sabe exactamente como funciona el tema remuneracional en una municipalidad, quienes no tienen familiares, amigos o bien no han trabajado directamente para un municipio o departamento dependiente del mismo, los términos de grados, asignaciones, dietas, y otros similares le son en parte o bien totalmente desconocidos. En la comuna de Purranque es un tema que despierta interés en varios sectores de la población, y no necesariamente por la forma en que la municipalidad emplea a su personal, sino más bien por las escalas de remuneraciones.
En términos remuneracionales, a nivel municipal existe una tabla que indica la escala de sueldos base y asignaciones de los funcionarios municipales. La tabla está ordenada por grados que van desde 1 hasta el 20 y que incluyen sueldo base, asignaciones profesionales y directivas, asignaciones municipales, asignación por ley 19.529, además de bonificaciones y previsión.
De este modo, dependiendo de los departamentos y contratos, algunas personas contratadas por municipalidades, deben regirse por la escala de grados y remuneraciones que cada año se actualiza y es publicada por la Contraloría General de la República.
También existen otras tablas como la escala única de sueldos y se permite negociar los valores de servicios cuando se hacen contratos de honorarios.
Escala de grados y remuneraciones, Contraloría General de la República. 2017
El abogado Alejandro Vergara comenta que el personal al servicio de la Administración (municipal) se denomina
funcionario público; son considerados como tales los funcionarios de planta y a
contrata.
A los funcionarios de planta (también llamados de carrera) se les aplica el
régimen jurídico de carrera funcionaria: es un sistema integral de regulación
del empleo público, fundado en los principios de jerarquía, profesionales,
técnicos, dignidad de la función pública, estabilidad, y otros. Es un cargo
permanente y cada funcionario puede ser nombrado como titular, suplente o
subrogante. Por su parte, los funcionarios a contrata desempeñan una
función de carácter transitorio y sólo acceden a ciertos beneficios de la
carrera funcionaria. Se excluye de esta categoría (esto es, no son funcionarios
públicos) el personal contratado a honorarios.
Ahora bien, para resumir el tema, un municipio cualquiera en Chile tiene como base en el ítem de Personal y Remuneraciones, los siguientes términos: personal de planta, personal a contrata, personas naturales a honorarios, personas sujetas al código del trabajo y por último "Otras Autoridades", ítems que desglosaremos a continuación tomando como ejemplo a la Ilustre Municipalidad de Purranque.
Según el último informe de transparencia publicado en Abril de 2017 en el sitio web www.purranque.cl, se puede apreciar que la municipalidad local en la sección de personal de planta mantiene 9 profesionales en el Programa de Integración Escolar (PIE), siendo el más antiguo contratado en 1982 y el más reciente en noviembre de 2015, de la misma forma se puede apreciar que en el departamento de Educación hay 72 profesionales contratados, en su mayoría profesores, siendo el más antiguo empleado en 1982 y el último en 2016, casi todos mantienen contratos indefinidos con sueldos líquidos mensuales que van desde $358.406.- hasta los $2.196.560.- Todo depende de la escala y grado al que pertenece cada profesional.
Extracto, Educación. Purranque.cl portal transparencia, 02 mayo 2017.
En tanto, el cuarto departamento dependiente de la municipalidad de Purranque, es el denominado Junji, personal que es contratado para trabajar en los diferentes jardines infantiles municipales de la comuna. En este ítem se registran 32 trabajadores, quienes ganan cada uno entre $137.406.- y $1.071.269.- líquido mensual. El contrato más antiguo data del año 2007 y el más reciente de marzo del presente año. Cabe indicar que la sección Junji es la peor remunerada proporcionalmente en la ciudad de Purranque
Extracto, Junji. Purranque.cl portal transparencia, 02 mayo 2017.
La sección municipal es lejos la más apetecida por los funcionarios municipales de cualquier comuna del país, en el caso de Purranque en este ítem podemos encontrar a 42 personas, entre ellos al alcalde, el juez de policia local, además de los directores, supervisores y jefes de diferentes departamentos, personal administrativo y apoyo, inspectores, secretarias y choferes.
El sueldo líquido más alto es del alcalde, quien en el mes de febrero percibió $4.140.926.- sueldo bruto, seguido por el juez de policía local quien recibió en febrero un sueldo bruto de $2.768.799.- En tanto, el sueldo bruto más bajo alcanza los $527.424.-
El trabajador más antiguo de la sección municipal es el Juez del Juzgado de Policía local de Purranque quien se ha mantenido en el cargo durante 39 años, desde 1977, siendo el último trabajador contratado en este departamento en noviembre de 2016.
Extracto, Municipal. Purranque.cl portal transparencia, 02 mayo 2017.
Ahora bien, lo expuesto corresponde solo a la sección de personal de planta dependientes de los cincos departamentos mencionados, lo que arroja hasta ahora un total de 227 trabajadores.
En el caso de los trabajadores a contrata, la municipalidad de Purranque los separa en 6 grupos, Municipal, Educación, Salud, Junji, PIE y SEP.
En el caso del departamento Municipal, hay 14 personas trabajando a contrata, con sueldos líquidos mensuales que van desde los $527.429.- hasta $1.293.454.- Todos los contratos terminan en diciembre de 2017 o antes y pueden ser renovados por la municipalidad, aunque no hay obligatoriedad.
En el caso de Educación, existen 58 profesionales contratados, todos docentes con sueldos líquidos mensuales que van desde $22.617.- hasta $1.170.949.- dependiendo principalmente de la cantidad de horas contratadas. Casi todos los contratos caducan el día 28 de Febrero de 2018 y se pueden renovar aunque no hay obligatoriedad por parte de la municipalidad. Esta situación es repetitiva en muchos municipios a lo largo del país lo que ha causado descontento generalizado entre los profesores que no pueden acumular años de servicio.
Extracto, Educación a contrata. Purranque.cl portal transparencia, 02 mayo 2017.
En el departamento de Salud hay contratados un total de 36 trabajadores, quienes perciben sueldos líquidos mensuales de entre $160.430.- y 1.654.462.- Muchos de los contratos terminaron en Marzo de 2017 y no es posible saber cuantos fueron renovados ya que la información se carga al sistema con un mes de desfase.
En el caso de Junji hay dos personas a contrata con sueldos líquidos mensuales de $67.160.- y $188.587.- respectivamente. Ambos contratos terminan en febrero de 2018. En el caso del PIE, Programa de Integración Escolar, existe un total de 35 profesionales a contrata, todos docentes, con sueldos líquidos mensuales que van desde $27.436.- hasta $712.329.-
Para finalizar la sección de personal a contrata, tenemos el SEP (Subvención Escolar Preferencial), sección en la que se contratan 45 profesionales del área de educación por sueldos líquidos mensuales que van desde $13.928.- hasta $572.514.- Todo depende de las horas contratadas. Casi todos los contratos terminan en febrero de 2018.
Extracto, SEP contrata. Purranque.cl portal transparencia, 02 mayo 2017.
Ya que hemos hablado de personal de planta y personal a contrata, quedan dos grupos, uno de ellos muy grande y otro más bien pequeño, me refiero a los contratados a honorarios y "Otras Autoridades"
Cuando se habla de honorarios, normalmente se piensa en un trabajadores profesional que emite una boleta cobrando por su servicio cuando se le requiere, servicio esporádico en escencia, sin embargo muchos trabajadores se mantienen trabajando a honorarios durante años en muchas municipalidades de Chile, y Purranque no es la excepción. Los trabajadores a honorarios muchas veces cumplen horarios como cualquier otro trabajador pero no pueden sindicalizarse, no suman años de servicio y no tienen las mismas garantías que sus pares contratados de planta o a contrata ya que no son considerados funcionaros públicos, entonces, ¿Por qué se da esta situación? El diario la tercera en su edición impresa del 23 de Abril de 2015 explica los contratos a honorarios de forma sencilla y precisa:
"La realidad que hubo tras el régimen a honorarios es que quería
establecer uno más respetuoso de los derechos de los contratados, por
temor a que adquieran un estatus que los moviera a formar parte de la
planta, que otorga en el hecho inamovilidad y rigidiza la gestión del
sector público. Por ello, también se ha mantenido un cupo limitado para
la planta “a contrata”, que es el régimen bajo el cual debiera ser
contratado aquel que preste servicios temporales o circunstanciales,
llenándose, en cambio, el requerimiento de personal adicional con pagos
de honorarios."
En pocas palabras, los contratos a honoriarios se usan algunas veces para evitar que ciertos trabajadores hagan carrera dentro de un municipio, utilizándose además como garantía en caso que los "puestos" en la sección de "a contrata" esté llena.
En el caso de Purranque, existen 57 contratos a honorarios en marzo de 2017 solo en la sección Municipal, en tanto Educación y Salud suman 43 personas, arrojando un total de 100 contratos a honorarios.
Cabe indicar que del total de 100 personas que aparecen con contrato a honorarios al mes de Marzo en la municipalidad de Purranque, un porcentaje muy bajo pertenece a personal que desempeña actividades mes a mes, siendo la mayor parte de los pagos a profesionales que realizaron actividades específicas y que cobraron por sus servicios.
El total de funcionarios públicos, trabajadores de "planta",y "a contrata" arrojan al mes de marzo de 2017 un total de 417 personas. Si sumamos los contratos de "honorarios" el monto aumenta a 517 almas, sin embargo aun no hemos contabilizado a los Concejales.
La ley orgánica constitucional de municipalidades, en su
artículo 88, señala que “los concejales tendrán derecho a percibir una dieta
mensual de entre 7,8 y 15, 6 unidades tributarias mensuales, según determine anualmente
cada concejo por los dos tercios de sus miembros”. Es decir no perciben un sueldo, motivo por lo que se les permite trabajar de forma paralela al desempeño de las actividades propias del concejo. Situación que no está permitida para el alcalde.
Sin entrar a juzgar si es suficiente o no, es importante recalcar
que de los propios concejales depende que su dieta pueda ser hasta el doble del
monto base establecido en la ley, en el caso de Purranque, la dieta de cada concejal por mes asciende a la suma de $723.341.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario